El Grupo de Revisión de la Implementación de Cumbres (GRIC), es el órgano ejecutor principal del Proceso de Cumbres y está compuesto por los funcionarios gubernamentales de los países del hemisferio, los cuales están representados en el GRIC a través de Coordinadores Nacionales designados por sus gobiernos.
El GRIC fue creado en 1995 y es presidido por el Presidente del Proceso de Cumbres de las Américas. Perú, en su calidad de país anfitrión de la próxima Cumbre en 2018, ocupa actualmente la Presidencia del GRIC.El GRIC se reúne un promedio de tres veces al año y celebra por lo menos una reunión a nivel ministerial. El GRIC es responsable de informar anualmente a los Ministros de Relaciones Exteriores sobre el progreso logrado en cumplimiento de los Mandatos de las Cumbres. Esta información es revisada por los Ministros en ocasión del período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA.Al principio, el GRIC estaba compuesto por miembros que representaban las diferentes subregiones del Hemisferio. Luego estuvo conformado por representantes de todos los países del Hemisferio. A raíz de la Cumbre de Quebec en 2001, se le encomendó al GRIC y al Consejo Ejecutivo la responsabilidad de realizar el seguimiento de los mandatos de las Cumbres con el apoyo de la Oficina de la OEA para el Seguimiento de Cumbres, la cual se convirtió luego en la Secretaría de Cumbres de las Américas.La coordinación de la Cumbre cuenta con dos órganos asesores:
- El Consejo Directivo está compuesto por países anfitriones de las anteriores y futuras Cumbres. Su papel es asistir a la Presidencia a preparar las reuniones del GRIC así como apoyar en los preparativos de futuras Cumbres.
- El Consejo Ejecutivo del GRIC fue creado por el Plan de Acción de la Tercera Cumbre en la ciudad de Quebec, como un órgano representativo regional cuyo papel es evaluar, fortalecer y apoyar el seguimiento de las iniciativas de la Cumbre. Los miembros del Consejo Ejecutivo son los Estados Unidos, Bolivia, Chile, Canadá, México, Argentina, Trinidad y Tobago, Colombia, Panamá, Perú, Brasil, y los países designados en nombre de CARICOM, la Comunidad Andina, Centroamérica y el Grupo de Río.
En publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.925 de fecha 18 de mayo de 2012, el Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario publicó la Resolución Nº MPPSP/DGD/052/2012, de fecha 18/05/2012, donde se modificó la denominación del Equipo de Respuesta Inmediata de Custodia (ERIC), siendo su nueva denominación “GRUPO DE RESPUESTA INMEDIATA DE CUSTODIOS (GRIC)”; a su vez se transfiere dicho grupo del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia para el Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario con la finalidad de adecuar su estructura organizativa la presente entró en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial Nº 39.925.
Bibliografia:
- https://aldiavenezuela.microjuris.com/2012/05/21/se-modifica-la-denominacion-al-equipo-de-respuesta-inmediata-de-custodia-eric/
- http://www.summit-americas.org/sirg_sp.html
- https://www.google.co.ve/search?q=grupo+gric+venezuela&tbm=isch&tbo=u&source=univ&sa=X&ved=0ahUKEwjen6b_4KbTAhUjS5oKHdRqBh4QsAQIIA&biw=1366&bih=662&dpr=1#imgrc=IXKOl2HG7KQjhM:
C.I: 24.540,184
PNF: Ambiente º4 Servicio Penitenciario
Comentarios
Publicar un comentario